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LA REFORMICA (Norberto Picó)

LA REFORMICA (Norberto Picó) El asesinato a cuchilladas de una mujer a manos de su marido, sucedido en Madrid en 1.953, desencadenó una serie de reacciones que finalizaron en 1.958 con la reforma del Código Civil español, vigente desde 1.889. Dicha reforma eliminaba la consideración del domicilio conyugal como domicilio del marido, lo que obligaba en la práctica a la mujer a abandonar el hogar familiar en caso de separación, independientemente de que se declarase su culpabilidad o inocencia.
El carácter limitado de la reforma, pues la legislación franquista siguió conservando distintos apartados discriminatorios e injustos para las mujeres, así como el apellido de su principal impulsora, Mercedes Fórmica, hicieron que dicha reforma fuese conocida como “la reformica”.
Abogada, novelista e historiadora, Mercedes Fórmica fue la primera mujer en cursar estudios de Derecho en la Universidad de Sevilla y una de las tres únicas mujeres inscritas en el Colegio de Abogados de Madrid en los años cincuenta. Al igual que Pilar Primo de Rivera, impulsora de la Ley sobre derechos políticos, profesionales y de trabajo de la mujer, de 1.961, que eliminaba la discriminación laboral por razón de sexo, Mercedes Fórmica era falangista.
Eliminada a día de hoy toda discriminación legal hacia las mujeres, las estadísticas en las que se refleja, por ejemplo, la percepción de salarios mas bajos a igual trabajo, nos señalan el camino que aún queda por recorrer en la equiparación real del hombre y la mujer.
Sin embargo, debemos contradecir el criterio feminista que apunta a la violencia ejercida sobre las mujeres como una manifestación mas de la discriminación social de la mujer, como efecto directo de las relaciones de dominación del varón sobre la hembra.
Mas bien habremos de considerar que el terrible goteo de sangre femenina en la sociedad occidental actual obedece a un general desprecio humano por la vida del prójimo, sea este hombre o mujer. Desprecio por la dignidad de las personas a instancias del cual el mas fuerte, en ausencia de criterio moral, hace valer su superioridad legal, económica o física, para imponerse sobre el débil. Un desprecio por la vida ajena que se pone de relieve, con la misma crueldad en esencia, aunque con distinta intensidad, con independencia de cual sea la combinación de cromosomas que les otorgue sus características sexuales, en el cuerpo magullado del cónyuge; en el alma herida del anciano abandonado; en el tormento del soldado humillado; en la zozobra del joven explotado laboralmente, o en la vida troceada del nasciturus.
Mientras no se altere esta concepción cainita del ser humano, -homo hominis lupus-, mientras no alcancemos a ver en el prójimo a un ser portador de valores eternos, acreedor de una dignidad que no se puede quebrantar, de una libertad que no puede ser violada, no hay nada que hacer. Ninguna reforma legal pasará de “reformica”, porque no acabará de raíz con el problema de la violencia del hombre contra el hombre. Ninguna medida legislativa ni campaña institucional –y bien está que se lleven a cabo- podrá garantizar la paz en el domicilio familiar, ni en la nación invadida, ni en la empresa de trabajo temporal, ni en el vientre de la madre. No habrá lugar seguro para el hombre acosado por el hombre.
Al margen de estas consideraciones previas ciertamente pesimistas sobre cualquier legislación contra la violencia doméstica, cabe realizar a la Ley integral contra la violencia ejercida contra las mujeres, objeto de este artículo, y a las circunstancias en las que se está llevando a cabo su tramitación, algunas valoraciones críticas.
Así, habremos de lamentarnos de la ausencia de consenso entre el Gobierno y la oposición a la hora de adoptar medidas en un asunto tan delicado como es este del maltrato a las mujeres. Una falta de consenso que llevará a la modificación de la legislación que se apruebe en cuanto cambie el color del Gobierno, práctica que imposibilita la realización de política alguna (social, territorial, educativa o de defensa) que se plantee mas allá de a cuatro años vista.
Del mismo modo, constatar con desagrado, por un lado, la politización del Consejo General del Poder Judicial, constituido en mera correa de transmisión de los grupos parlamentarios que lo han elegido, que ha emitido un dictamen crítico con el Proyecto de Ley respaldado por una exigua mayoría de sus miembros. Por otro lado, la cerrazón del Ejecutivo socialista, empeñado en sacar adelante un texto amenazado de inconstitucionalidad, con el informe negativo del CGPJ e incluso contra el criterio lingüístico de la Real Academia española, que preferencia el uso del término violencia doméstica sobre el de violencia de género.
Respecto del contenido de la Ley, al margen de reprochar el olvido que hace de otros colectivos que, aunque en menor medida, también son objeto frecuente de violencia doméstica (los ancianos, los niños y los hombres), cabe objetar sobre la polémica filosofía que lo impregna, la de la llamada discriminación positiva, que si en alguna medida pueden estar justificadas ciertas ventajas de un grupo social desfavorecido sobre el común de la población, (que se reserven plazas en la administración para minusválidos, por ejemplo), no parece aceptable que se aplique mayor rigor en la sanción a un colectivo determinado (el masculino en este caso), con respecto al resto de los ciudadanos. Hacerlo así, tal y como se configura en esta Ley, constituye una clara vulneración del espíritu constitucional, que consagra en su artículo 14 la igualdad de los españoles ante la ley, “sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
En cualquier caso y al margen de la polémica, es difícil pensar que estas medidas produzcan en sus destinatarios el efecto coercitivo deseado. Cuando un hombre se ha degradado a si mismo tanto como para perder su condición humana y, aproximándose mas a la condición de bestia, está sediento de la sangre de la persona a la que algún día amó, no parece razonable pensar que la posibilidad cierta de ir a la cárcel le haga modificar su actitud.
Una vez mas, cualquier reforma legislativa que no vaya encaminada a modificar la forma de ser de quienes componen la sociedad -objetivo verdaderamente revolucionario- devendrá forzosamente en “reformica”.


Norberto Picó es el actual Secretario General de Falange Española de las JONS

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